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dc.contributor.authorCortés Rodas, Francisco
dc.date.accessioned2022-01-11T20:34:27Z
dc.date.available2022-01-11T20:34:27Z
dc.date.issued2021
dc.identifier.isbn978-628-500-016-4 (versión digital)
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/20.500.11912/9788
dc.description22 páginasspa
dc.description.abstractEn el proceso de justicia transicional en Colombia se ha establecido que el perdón debe servir para enfrentar aquellos daños extraordinarios que han sido considerados en otros lugares como imperdonables: Auschwitz, el genocidio de Camboya, el genocidio de Srebrenica. Este problema lo planteó Hannah Arendt, cuando dijo que las personas “son incapaces de perdonar aquello que ellas no pueden castigar y que son incapaces de castigar lo que se ha convertido en imperdonable” (1958, p. 241). Las FARC son responsables de haber cometido graves crímenes como asesinato, secuestro, violencia basada en el género, reclutamiento y utilización de niñas y niños en el conflicto armado, desaparición forzada, entre otros.spa
dc.format.mimetypeapplication/pdf
dc.language.isospa
dc.publisherUniversidad Pontificia Bolivarianaspa
dc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 International*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/*
dc.title¿Por qué castigar? ¿Por qué perdonar?spa
dc.title.alternativeReconciliación y obligación política Discusiones desde la filosofía del poder y el constitucionalismospa
dc.typebookPartspa
dc.description.sectionalMedellínspa


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