Control judicial de los actos de retiro discrecional al interior de la Policía Nacional. Estándares probatorios a partir de la sentencia de unificación CESUJ-SII-26-2022 del Consejo de Estado

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La discrecionalidad es una potestad conferida a la administración pública para adoptar decisiones dentro de un margen de apreciación. No obstante, esta facultad no es absoluta, pues su ejercicio sin límites podría derivar en actuaciones arbitrarias. Aunque la jurisprudencia de la Corte Constitucional ha sido tradicionalmente más garantista que la del Consejo de Estado en materia de motivación de los actos discrecionales, lo cierto es que, últimamente, este último tribunal también ha reconocido la necesidad de motivar las decisiones administrativas, incluso, aquellas relacionadas con el retiro discrecional en el ámbito de la fuerza pública, incluidos los miembros de la Policía Nacional. En este contexto, el control judicial de tales actos exige alcanzar un estándar probatorio de carácter cognoscitivo que permita garantizar adecuadamente los derechos del sujeto pasivo del acto administrativo.

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