¿Cómo justificar la participación de un agente moral en un proceso de reconciliación?1 Una justificación de la responsabilidad basada en la teoría de la armonización ética de la reconciliación
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Con frecuencia se asume que el fin perseguido por una teoría de la reconciliación responde inequívocamente la pregunta de quiénes, y en virtud de qué, deben participar en un proceso de restablecimiento de las relaciones humanas después de sucedido un conflicto. De esta forma, si la reconciliación es concebida como un proceso de modulación de las emociones, se entiende que es desarrollada por el individuo en su intimidad (Auerbach, 2004; Hutchison & Bleiker, 2013). Si la reconciliación es concebida como un proceso que involucra a Dios y al conjunto de los hombres, se asume que ella es colectiva y se concreta en dos dimensiones: verticalmente con Dios y horizontalmente con los hombres (Scbreiter, 2005) (Petersen, 2001). Finalmente, si es concebida como un proceso político orientado a la consolidación institucional, la reconciliación involucra a los otrora adversarios (Borneman, 2002) o a la sociedad en general (Nordquist, 2018).
