Expropiación administrativa, función social de la propiedad y garantía del justo precio bajo la Ley 388 de 1997
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Este trabajo examina si la expropiación administrativa, a la luz del artículo 58 de la Constitución Política de 1991, cumple efectivamente con la función social de la propiedad o si, por el contrario, persiste un vacío normativo que debería ser enmendado para permitir al administrado controvertir el avalúo dentro del procedimiento administrativo, buscando garantizar el pago de un justo precio bajo los principios de debido proceso, contradicción y derecho de defensa. Su objetivo es generar una reflexión jurídica crítica sobre el procedimiento de expropiación por vía administrativa, abordado desde el mandato constitucional de la función social de la propiedad y la garantía del justo precio, pues la ausencia de un estándar uniforme que asegure una valoración justa y objetiva del bien, sumada a la discrecionalidad con la que puede operar la administración, ha configurado un escenario de incertidumbre jurídica, que afecta no solo la seguridad patrimonial de los ciudadanos, sino la legitimidad misma de las decisiones públicas sobre el dominio privado.
