Crisis de la conciliación judicial : razones para el sometimiento a la judicialización pensional

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En Colombia, la conciliación judicial resulta ser un medio adecuado y conducente para combatir el conflicto como fenómeno social emergente. La Ley 1149 de 2007 la conservó como obligatoria en los procedimientos de Seguridad Social, no obstante, en esta etapa procesal se entrelazan varios factores que dejan en crisis dicha institución, impidiendo a las partes resolver de manera prematura y con la ayuda del juez el conflicto. Aunque es cierto que en esta materia se deben respetar los derechos adquiridos, ello no habilita al juez para desconocer en la conciliación las técnicas de dirección de la diligencia, ni asumir en este escenario posturas rígidas frente a los conflictos que se someten a su consideración, tampoco faculta al legislador para continuar postergando la regulación de asuntos conciliables en Seguridad Social, ni mucho menos, a los comités de conciliación de los fondos para desconocer sus funciones porque seguir actuando así, justificara el sometimiento de los asuntos de la Seguridad Social al arduo proceso judicial.

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