La propiedad horizontal y sus repercusiones en las garantías inmobiliarias en Colombia

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Este trabajo busca resaltar como dos de los sectores más importantes en el desarrollo del país, esto es, el Sector Inmobiliario y Constructor, pueden llegarse a ver afectados por vacíos normativos, especialmente en la ley 675 de 2001. Si bien esta ley permite el desarrollo de proyectos inmobiliarios por etapas, existe un vacío jurídico relacionado a la titularidad del derecho real de dominio de las áreas no construidas, cuando el constructor no efectúa previamente un loteo que permita identificar plenamente los lotes restantes para el desarrollo de futuras etapas, a los cuales se les pueda dar un folio de matrícula inmobiliaria independiente. Como se verá en el desarrollo del trabajo, estas áreas no construidas, no fueron claramente definidas en la clasificación que hace la norma de bienes privados, bienes comunes y bienes comunes de uso privado. Es pertinente pues ahondar en esta temática teniendo presente que, en este tipo de escenarios, hay en juego demasiados intereses de parte de las entidades financieras, de las fiduciarias y finalmente de los clientes de determinado proyecto inmobiliario, que están en cierta manera a la deriva y que es necesario regularlo tan claramente para que no exista vacíos o posibilidad de distintas interpretaciones.

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