Análisis sobre la culpa organizacional como factor de imputación de responsabilidad civil extracontractual a las personas jurídicas

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Trabajo de grado/Tesis de Especialización

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El ordenamiento jurídico colombiano frente al interrogante ¿cómo responden las personas jurídicas por los daños causados en desarrollo de su objeto social? no ha tenido una respuesta pacífica. Inicialmente, la responsabilidad indirecta era la solución propuesta, tanto por la doctrina, como por la Corte Suprema de Justicia, según la cual, el ente moral respondía por el daño ocasionado por uno de sus dependientes a un tercero, pues se derivaba una presunción de culpa sobre la entidad, al inferir que el daño se produjo por una mala vigilancia de esta sobre sus empleados. La Corte, en pronunciamientos posteriores, reconsidera esta postura, al establecer que la persona jurídica respondería de manera directa por los actos ejecutados por sus órganos directivos, y en los demás casos, respondería de manera indirecta. Posición que fue relegada, por el mismo órgano de cierre, al considerar que no se puede diferenciar el actuar de los dependientes del de la entidad, en tanto, estos conforman una unidad y sus responsabilidades están ligadas.

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