Los regímenes pensionales especiales y exceptuados frente al acto legislativo 01 de 2005

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La Constitución Política consagra la seguridad social como un derecho y dispone que es un servicio público, irrenunciable, que debe ser prestado de manera obligatoria. En estos preceptos se establece que la seguridad social se cimienta en los principios de eficiencia, universalidad, solidaridad, integralidad, unidad, participación, y progresividad, cuyo alcance se materializa en la ley 100 de 1993. Por medio de la Ley 100 de 1993, se crearon dos regímenes, el de prima media con prestación y el de ahorro individual con solidaridad, y adicionalmente se consagraron unos regímenes exceptuados y especiales. Mediante el acto legislativo 001 de 2005, se reformó el sistema pensional en Colombia y contempló que los regímenes exceptuados y especiales perderían su vigencia partir del 31 de julio de 2010, pero que se mantendría el de los miembros de la Fuerza Pública y el del Presidente de la República.

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