La partición del patrimonio en vida

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Este artículo, tiene la finalidad de comenzar a dilucidar conceptos básicos de la figura de la partición del patrimonio en vida, toda vez que su entrada en vigencia en el ordenamiento jurídico colombiano ha generado confusión en: parte de la doctrina, jurisprudencia e incluso profesionales del derecho. Toda vez que, se trata de una figura reciente, traída por El Código General del Proceso (Congreso, Ley 1564, 2012), motivo por el cual no cuenta con amplio desarrollo jurisprudencial. Se verá entonces, como la regulación que hace el legislador con esta figura, tiene en consideración los hechos acaecidos en el mundo fenomenológico y practico, buscando así dejar sin causa la celebración y ejecución de actos jurídicos simulados que anteriormente se utilizaban con frecuencia, pues eventualmente alcanzaban la misma finalidad: partir el patrimonio en vida. Para estos efectos, se realizó un estudio detallado de la norma y de la poca jurisprudencia que a la fecha se refiere a la temática, concluyendo así que es una figura que posee ventajas y privilegios respecto de otras -como la compraventa, el usufructo y la sucesión-.

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