El mínimo de arbitrariedad ante la imposición de medidas de aseguramiento

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Mediante el Acto Legislativo 03 de 2002, nuestro legislador incorporó una nueva estructura de enjuiciamiento de tendencia acusatoria, que reformó los artículos 116, 250 y 251 de la Constitución Política de Colombia, caracterizada por un proceso penal oral de igualdad de partes, público, contradictorio, concentrado e imparcial. Además, incorporó el concepto de medida de aseguramiento bajo la formalidad penal, aplicable a aquellos que desconocen e incumplen el ordenamiento jurídico e incurren en un delito. Así, el Estado, apoyado en prueba y respetando el debido proceso, puede privarlos de su libertad de manera temporal, dependiendo de la gravedad de la falta. Igualmente, el modelo de enjuiciamiento penal incorporó, en los artículos 295 y 296 de la Ley 906 de 2004, los conceptos de libertad y su restricción. Si bien aquélla no es un derecho absoluto, su limitación tampoco ha de tener ese carácter.

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