Capacidad legal de los niños, niñas y adolescentes como accionistas en la sociedad por acciones simplificadas (S.A.S.)

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La Sociedad por Acciones Simplificada, regulada en la Ley 1258 de 2008, surgió debido a un proceso de modernización societaria, que rompió con el estricto formalismo de las sociedades tradicionales y creando un nuevo tipo societario caracterizado por la flexibilidad, limitación de responsabilidad y prevalencia de la autonomía de la voluntad en su proceso de constitución y regulación. El cual, analizado sistemáticamente con la Ley 1098 de 2006 “Código de la Infancia y la adolescencia”, demostró que actualmente la legislación colombiana consagra expresamente la habilitación de la capacidad legal de los adolescentes, para participar como accionistas en la sociedad por acciones simplificada, sin intervención de tutor o curador, garantizando el principio de interés superior. Para obtener esta conclusión, se estudiaron tres temas: (i) La sociedad por acciones simplificada; (ii) el concepto de niño, niña y adolescente y capacidad legal; y (iii) el derecho de asociación y el interés superior de los niños, niñas y adolescentes; basándome en la información contenida en fuentes bibliográficas, hermenéuticas y digitales, con el objetivo de armonizar el tratamiento dado a estos sujetos de derecho con la legislación societaria mediante la combinación de diversos métodos investigativos, como el jurídico, el hermenéutico y el sistémico.

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