Responsabilidad del empleador y las ARL frente a los riesgos psicosociales que surgen como consecuencia del trabajo remoto

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Este artículo gira en torno al trabajo remoto en Colombia como una modalidad laboral regulada en la Ley 2121 del 3 de agosto de 2021, que utiliza como soporte las Tecnologías de la Información y la Comunicación -en adelante TIC-. Con ocasión del trabajo remoto, los trabajadores que se encuentran vinculados mediante esta forma de trabajo se ven sometidos a riesgos psicosociales, que se pueden materializar una afectación física, mental o social. Por esta razón, es preciso determinar cuál es la responsabilidad de los empleadores y las administradoras de riesgos laborales en los riesgos psicosociales que surgen como consecuencia del impacto que tiene esta forma de ejecutar el contrato en la salud física y mental de los trabajadores.

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