Condiciones de los actuales vínculos contractuales en Colombia entre influencers y anunciantes y el régimen de responsabilidad civil correspondiente a la causación de perjuicios derivados de la publicidad de los bienes y servicios.

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Este artículo da respuesta al cuestionamiento sobre cuáles son las condiciones de los actuales vínculos contractuales en Colombia entre influencer y anunciantes y cuál es el régimen de responsabilidad civil correspondiente a la causación de perjuicios derivados de la publicidad realizada por estos; para su elaboración se usa un método exegético, funcional y dogmático. En este se plantea que los contratos actualmente utilizados son el de patrocinio, de licencia de uso de imagen, prestación de servicios y de obra por encargo. Además, establece que la responsabilidad civil del influencer será extracontractual por el hecho propio, y en caso de probar la existencia de una publicidad engañosa y su dolo o culpa grave, este deberá responder solidariamente con el anunciante; podrá repetir contra él 100% o 50% de lo pagado dependiendo del seguimiento de las recomendaciones de la Superintendencia de Industria y Comercio. Por último, se propone una ruta de atención y protección al consumidor encaminada a lograr la obtención eficaz del recaudo probatorio para posteriormente instaurar un proceso judicial de responsabilidad civil contra el influencer y/o el anunciante.

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